REGLAMENTO DE AUSPICIO DE LA
U.N.M.S.M.
Resumen
Generalidades
La universidad Mayor de San Marcos o algunas de sus facultades podrá auspiciar
algunos eventos de instituciones ajenas a ella, siempre y cuando estos eventos
contribuyan con los principios y fines de objetivos educativos.
Finalidad
Establecer el buen uso de los símbolos, emblemas,
distintivos, lemas, logo y el nombre de la UNMSM; caso contrario se tomara
acciones legales con aquella institución.
Objetivo
Establecer el procedimiento que debe cumplir una institución
ajena a la universidad, para contar con el auspicio de la universidad o algunas
de sus facultades.
Disposiciones
generales
Art. 1 Este documento es obligatorio para la parte académica,
administrativa de la universidad.
Art. 2 El auspicio debe contar con la opinión favorable de
la dirección académica de la facultad o VRAC. En caso que se trate de actividades no académicas deberá de contar con
la opinión favorable de la OGCRI.
Cuando el auspicio
proviene de una facultad, el evento debe especificar que el respaldo no proviene
de la universidad, sino de la facultad la cual se hizo el requerimiento.
Art. 3 Las facultades solo deberán dar el auspicios a actividades
que correspondan a su especialidad.
Art. 5 No existirá auspicio otorgada con posterioridad a
la fecha de realización de un certamen sin excepción alguna.
De
los beneficiarios
Art. 6 Podrán acogerse al auspicio aquellas actividades
que difundan valores y desarrollo cultural a favor de la sociedad.
De
la evaluación
Art.7 .La evaluación de las solicitudes estará a cargo
del Vicerrectorado en el caso de la
universidad, y en el caso de las facultades lo evaluará la Dirección Académica
de la cada facultad según corresponda.
De
las actividades a ser auspiciadas
Art. 8 Los eventos deben ir de acuerdo a los valores,
principios y fines que establece el
estatuto de la universidad.
Compromiso
de la institución solicitante
Art.9 Presentar a la OGRCI, un informe de ejecución de actividades, esto se entregara al término
del certamen auspiciado.
Compromiso
de la UNMSM
Art.10 . Se otorgará
auspicio mediante la Resolución Rectoral.
. Se
autorizará la difusión por medio de la portal web.
. Se
designara y acreditara un observador del evento auspiciado, para el seguimiento
de las actividades a realizar
Este breve resumen nos muestra las pautas que una
institución debe seguir con el fin de contar el auspicio de la universidad
Mayor de San Marcos, algo importante que tenemos que resaltar es que la petición
de auspicios se deben estregar 90 días antes de realizarse la actividad.
Podemos notar que San Marcos busca mantener su
imagen, es por ello que trata de reglamentar estos asuntos con el fin de que su
nombre no sea manchado, dejando en desprestigio a la casa de estudios.
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